El Ministerio de Sanidad ha publicado en el Boletín Oficial del Estado de este martes la Orden SND/454/2025, de 9 de mayo, por la que se modifican los anexos I, II, III y VI del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización. Estas modificaciones buscan actualizar y concretar los servicios asistenciales que se ofrecen a través del Sistema Nacional de Salud, basándose en criterios de calidad, equidad y sostenibilidad.
De manera general, las nuevas incorporaciones a la cartera de servicios se centran en la prestación ortoprotésica, donde se incluyen nuevos tipos de productos ortoprotésicos, así como la ampliación de los ya existentes; salud bucodental, donde se incorporan nuevas prestaciones dirigidas especialmente a la población infantil, embarazadas y personas con discapacidad; salud mental, donde se refuerzan y amplían los servicios destinados a la prevención, diagnóstico y tratamiento de trastornos mentales; rehabilitación, donde se incorporan nuevos programas de rehabilitación funcional; enfermedades raras y crónicas, donde se incrementa el apoyo y seguimiento especializado; y servicios de prevención y promoción de la salud, donde se fortalecen campañas de cribado y detección precoz.
Una parte clave de la modificación incluye la actualización de los programas de cribado poblacional, especialmente en el ámbito neonatal y de cáncer. De esta manera, se incorpora el cribado de la tirosinemia tipo I, cardiopatías congénitas críticas y se modifica el programa de cribado de cáncer de cérvix, con base en nuevas evidencias científicas.
La orden reconoce oficialmente la atención no presencial (telemedicina) como una modalidad incluida en la cartera de servicios. Esto se concreta para garantizar el acceso seguro, equitativo y adaptado a las capacidades digitales de la población
De la misma manera se amplía y define mejor la Atención Primaria, estableciendo una lista más detallada de procedimientos diagnósticos accesibles desde este nivel asistencial. Esto se enmarca dentro del Plan de Atención Primaria y Comunitaria y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), cuyo objetivo es fortalecer la capacidad resolutiva del primer nivel de atención.
La orden reconoce oficialmente la atención no presencial (telemedicina) como una modalidad incluida en la cartera de servicios. Esto se concreta para garantizar el acceso seguro, equitativo y adaptado a las capacidades digitales de la población, en respuesta a la transformación vivida en el sistema de salud durante y tras la pasada pandemia de Covid-19.
En el ámbito de los implantes quirúrgicos, se mantiene en cartera el dispositivo de cierre de la orejuela auricular izquierda, mientras que se excluye el stent esofágico biodegradable por no cumplir con los criterios requeridos según los estudios de monitorización realizados. Además, respecto a la prestación ortoprotésica, se reclasifican veinticinco tipos de estructuras endoesqueléticas para prótesis de miembro inferior, cambiando su grado de complejidad de COMP2 a productos a medida (MED), para facilitar su registro y acceso.
En el apartado de salud pública, se detallan los programas poblacionales de cribado neonatal, de cáncer y prenatales; y se establecen criterios claros para su aplicación y se desarrollan sistemas de información y evaluación
Además, en lo relativo a la cartera de servicios de salud visual se incluyen nuevas lentes de contacto para afaquia en catarata congénita infantil. Asimismo, también se concreta la atención bucodental para personas con discapacidad y alteraciones conductuales graves, estableciendo criterios que garanticen una aplicación homogénea de las prestaciones en todo el territorio nacional, incluyendo el uso de anestesia general cuando sea necesario.
Igualmente, la atención comunitaria adquiere un papel central, con medidas para promover la participación ciudadana, el trabajo intersectorial y el uso de recursos comunitarios. El objetivo es mejorar la salud de la población desde un enfoque integral, basado en los determinantes sociales de la salud.
Finalmente, en el apartado de salud pública, se detallan los programas poblacionales de cribado neonatal, de cáncer y prenatales. Se establecen criterios claros para su aplicación y se desarrollan sistemas de información y evaluación que permitan un seguimiento adecuado y homogéneo en todo el país.
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