El Gobierno aprueba la voluntariedad del veterinario de explotación y del plan sanitario integral

Con los dos reales decretos aprobados se da cumplimiento a los acuerdos alcanzados entre el Gobierno y organizaciones agrarias para reducir la carga administrativa en el sector ganadero

  • El ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas. (Foto: La Moncloa)

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El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, dos reales decretos que suponen un importante cambio en la normativa sobre sanidad animal. Las nuevas disposiciones establecen que será voluntario para las explotaciones ganaderas contar con un veterinario, un plan sanitario integral y un plan de bienestar animal, requisitos que hasta ahora eran obligatorios según el Real Decreto 364/2023, de 16 de mayo.

Con esta modificación normativa, el Ejecutivo busca dar cumplimiento a los acuerdos alcanzados con las organizaciones agrarias Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos (UPA) y Unión de Uniones de Agricultores y Ganaderos. Se trata de una de las 43 medidas comprometidas por el Ministerio de Agricultura para aliviar la presión sobre el sector, acordadas en abril de 2024, en un contexto marcado por las demandas de agricultores y ganaderos para reducir la carga burocrática.

A pesar de esta flexibilización, las explotaciones ganaderas seguirán teniendo responsabilidades clave en bioseguridad, uso prudente de medicamentos veterinarios y prevención y control de enfermedades, de acuerdo con la normativa de la Unión Europea. Estas obligaciones recaen directamente sobre los titulares de las explotaciones, quienes deberán garantizar el cumplimiento de las medidas básicas de sanidad animal.

Las visitas zoosanitarias de los veterinarios seguirán siendo obligatorias en las explotaciones ganaderas

Uno de los aspectos que se mantiene es la obligación de recibir visitas zoosanitarias por parte de un veterinario, con una frecuencia determinada en función del riesgo de la explotación. Estas visitas servirán para evaluar el cumplimiento sanitario, identificar posibles deficiencias, proponer mejoras y detectar signos clínicos de enfermedades, así como fomentar la reducción del uso de antibióticos.

Aunque ya no será obligatorio disponer de un plan sanitario integral, el compromiso con un alto estatus sanitario del ganado se mantiene. El veterinario encargado de las visitas zoosanitarias deberá seguir una serie de funciones específicas para asegurar que las explotaciones cumplan con los requisitos establecidos en la normativa.

Las explotaciones que decidan voluntariamente contar con un veterinario de explotación serán consideradas de menor riesgo sanitario. Asimismo, el plan de bienestar animal, que también pasa a ser voluntario, solo será exigido si así lo establece la autoridad competente tras las visitas veterinarias.

ORDENACIÓN ESPECÍFICA DE LAS EXPLOTACIONES PORCINAS, BOVINAS Y AVÍCOLAS

En paralelo, el Consejo de Ministros ha aprobado una segunda norma de rango similar que modifica las ordenaciones específicas de las explotaciones porcinas, bovinas y avícolas. Esta norma alinea dichas ordenaciones con el nuevo marco general, eliminando la obligatoriedad del plan sanitario integral y del plan de bienestar, e incorporando la voluntariedad del veterinario de explotación.

Por último, se ha incluido una disposición para extender en un año adicional el periodo de adaptación de las explotaciones porcinas a los requisitos del Real Decreto 159/2023, que regula las normas mínimas de protección de los cerdos. Esta prórroga busca facilitar la transición del sector a los nuevos estándares sin comprometer el bienestar animal ni la sanidad general de las explotaciones.

*Los contenidos de ConSalud están elaborados por periodistas especializados en salud y avalados por un comité de expertos de primer nivel. No obstante, recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.

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